Base Legal: Esta regida por la ley 7210 y su reglamento, la Ley de Creación de COMEX Y PROCOMER, y la Ley General de Aduanas y su Reglamento.
Zona Franca: Es el área geográfica de un país que se considera fuera del territorio aduanero nacional y en el que se establece un grupo de empresas que pueden introducir bienes de origen extranjero, sin pagar derechos e impuestos de aduana. Es habilitada por el poder ejecutivo, y no posee población residente.
Régimen Zona Franca: Es el régimen de incentivos y beneficios que el Estado otorga a las empresas que realicen sus inversiones nuevas en el país siempre y cuando cumplan con los requisitos y obligaciones establecidas en la ley No. 7210, sus reformas y su reglamento.
Auxiliar de la Función Pública Aduanera: Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que participen habitualmente ante el Servicio Nacional de Aduanas, en nombre propio o de terceros, en la gestión aduanera.
Zona Franca: Es el área geográfica de un país que se considera fuera del territorio aduanero nacional y en el que se establece un grupo de empresas que pueden introducir bienes de origen extranjero, sin pagar derechos e impuestos de aduana. Es habilitada por el poder ejecutivo, y no posee población residente.
Régimen Zona Franca: Es el régimen de incentivos y beneficios que el Estado otorga a las empresas que realicen sus inversiones nuevas en el país siempre y cuando cumplan con los requisitos y obligaciones establecidas en la ley No. 7210, sus reformas y su reglamento.
Auxiliar de la Función Pública Aduanera: Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que participen habitualmente ante el Servicio Nacional de Aduanas, en nombre propio o de terceros, en la gestión aduanera.
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